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Auditores Contables

Auditores Contables

Auditores contables en la actualidad

Los auditores contables es el nombre comúnmente utilizado por la mayoría de agentes de la economía para diferenciar aquellos auditores que revisan la contabilidad de una empresa de aquellos auditores que revisan procedimientos de calidad, normativa medioambiental, cumplimiento de prevención de riesgos laborales o auditores informáticos.

Para poder ser auditor contable es necesario obtener una titulación académica, acreditar una experiencia mínima de 3 años en la profesión y superar un examen teórico y práctico que convoca el ICAC con carácter bimensual. A diferencia de los otros auditores nombrados anteriormente el auditor contable está inscrito en el registro oficial de auditores de cuentas, conocido como ROAC y que es accesible a través de la página oficial del ICAC en www.icac.meh.es .

El trabajo del auditor contable consiste en revisar las cuentas anuales de la empresa mercantil o entidad sin ánimo de lucro en su conjunto y emitir un informe con opinión al respecto de si dichas cuentas anuales expresan la imagen fiel y contienen toda la información necesaria para que un tercero lector de las mismas pueda obtener una idea global sobre el estado financiero de la empresa tanto económico como financiero. Los auditores de cuentas anuales inician su trabajo, por regla general en el último trimestre el año con la revisión analítica de los estados financieros provisionales, a continuación realizan una revisión del inventario de la compañía, para concluir con la auditoría de cuentas propiamente dicha, que conlleva la aplicación de unos procedimientos previamente definidos de comprobación, conciliación y justificación documental de los movimientos contables de la empresa en un periodo concreto.

Los auditores contables, poseen unos conocimientos y una experiencia profesional amplia que ha obtenido al auditar una gran cantidad de empresas de sectores muy diferenciados. Por el contrario los asesores laborales, asesores fiscales o abogados suelen tener unos conocimientos más concretos o específicos de una materia en cuestión y no poseen la amplitud de conocimientos que suele tener un auditor de cuentas. Sirva como ejemplo que son muchos los auditores de este nuestro país que dirigen en la actualidad grandes compañías que cotizan en el Ibex 35.

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Cuando es necesario Auditar a un Hotel?

Cuando es necesario Auditar a un Hotel?

Para determinar la obligación de Auditar a las Entidades Hoteleras deberán cumplir 3 requisitos:

  1. Ser propietarias del inmueble
  2. Y que a su vez sean explotadoras del negocio
  3. Tener un activo material superior a los 2,8 millones de euros y una facturación superior a los 5,8 millones de euros.

Las auditorias de las entidades explotadoras hoteleras requieren de una especialización y conocimientos previos del funcionamiento particular de este tipo de entidades.

La auditoría de un hotel o complejo hotelero se concentrará principalmente, en los siguientes aspectos.

  • Control del inmovilizado material de la totalidad de los activos más significativos.
  • Correcta valoración de los activos.
  • Atención en los anticipos concedidos por determinadas agencias con anterioridad al inicio de las operaciones y la posible cancelación de las mismas con posterioridad.
  • En la cuenta de pérdidas y ganancias, el auditor tendrá que desarrollar los procedimientos necesarios que le garanticen un correcto corte de operaciones

Existe una cierta temporalidad en las cargas de trabajo de los clientes que obligan a adaptarse al auditor en función de las necesidades del cliente.

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Cuando una Empresa es Pública a Efectos de un ERE

Cuando una Empresa es Pública a Efectos de un ERE

Un fallo aclara cuándo una empresa es pública a efectos de un ERE.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña acaba de acotar en qué casos cabe considerar que una empresa forma parte de la Administración Pública, de cara a la aplicación de una norma u otra cuando ésta sufra un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
En un fallo de 27 de noviembre de 2013, del que es ponente el magistrado Palos Peñarroya, se desestima el recurso interpuesto por el sindicato Catac-Iac -en representación de una empresa participada mayoritariamente por la Generalitat de Cataluña y se concluye que la sociedad sobre la que se debate «no puede ser considerada como una entidad de derecho público en el sentido del artículo 3.2 e) de la Ley de Contratos el Sector Público,  sino como una mercantil en cuyo capital social la participación de la Generalitat es superior al 50 por ciento».
Además, el fallo añade que las entidades constituidas para satisfacer un interés general, comoo curre en este caso, «no asumen materias que impliquen el ejercicio de lo que se denomina autoridad pública, por lo que el hecho de que les sean aplicables las normaps resupuestarias, contables, de control financiero y contratación públicas no determina que constituyan Administración.
En concreto, el sindicato pretendía la nulidad del ERE pactado, por entender que la empresa formaba parte de la Administración Pública, siéndole de aplicación lo referente a los ERE en el sector público. Así, las causas económicas alegadas por la empresa no serían válidas aplicando esta última normativa, dado que no existiría «insuficiencia presupuestaria sobreveniday persistente para la financiación de los servicios públicos correspondientes» .
El sindicato argumentóq ue toda entidad de derecho público vinculada a una Administración Pública o dependiente de ella que produzca bienes y servicios sin sujetarse al régimen de mercadotendría consideración de Administración.

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Auditoría Justificación Subvenciones para el Plan Nacional sobre Drogas a ONG’s

Auditoría Justificación Subvenciones para el Plan Nacional sobre Drogas a ONG’s

Guía para la Justificación de Subvenciones concedidas por la delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre drogas a ONG’s

La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas convoca anualmente ayudas económicas a Entidades Privadas sin fines de lucro de ámbito estatal.
Estas ayudas se destinaran a entidades que cumplan con los requisitos de los programas “Estrategia Nacional sobre drogas 2009-2016” y para “Plan de Acción 2013-2016”.
Si la entidad tiene las características para acogerse a estas subvenciones deberá obtener un certificado de previsión de gastos junto con una memoria explicativa. Para ello, es necesario que estos documentos sean revisados por un auditor de cuentas, cuyo coste está incluido en los gastos subvencionables, con el límite del 6% de la cantidad subvencionada por el programa.

Puede Descargarse la Guía de Justificación Subvenciones para el Plan  Nacional sobre Drogas a ONG’s completa

o también puede Solicitar más Información rellenando nuestro formulario de contacto y hablar con uno de nuestros auditores para que le asesore sobre la mejor manera de justificar dicha subvención.

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Tasa de Control de la Actividad de Auditoría de Cuentas

Tasa de Control de la Actividad de Auditoría de Cuentas

Tasa de Control de la actividad de Auditoría de Cuentas del ICAC, Tasa 791 para la auditoría de cuentas.

Descargue el Modelo Tasa 791-control Actividad de Auditoría

 

 

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Modificación Norma Técnica Auditoría

Modificación Norma Técnica Auditoría

Resolución de 20 diciembre de 2013, del ICAC, por la que se publica la modificación de la Norma Técnica de Auditoría sobre la aplicación del principio de empresa en funcionamiento, publicada por Resolución de 31 de mayo de 1993.

Puede descargarse la Resolución sobre la Modificación de la Normativa Técnica de Auditoria del ICAC completa aquí

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Detalles de la nueva normativa sobre el IVA de caja

Detalles de la nueva normativa sobre el IVA de caja

El real decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) sobre el régimen de IVA de caja afecta a cuatro reglamentos tributarios: IVA, procedimiento de revisión en vía administrativa, procedimientos de gestión e inspección tributaria y reglamento regulador de las obligaciones tributarias. Este nuevo régimen permitirá que aquellas pymes y autónomos con un volumen de negocios inferior a los dos millones de euros y que quieran acogerse voluntariamente al mismo, no paguen el IVA mientras que no cobren el importe de sus facturas. Esto permitirá que estas pymes y autónomos gocen de mayor liquidez. Como contrapartida, supone algunas obligaciones como la añadir en los libros-registro las fechas de cobro y pago de las facturas y los medios utilizados o que los clientes acogidos al régimen especial han de utilizar también el criterio de caja. Las empresas que se adhieran a este régimen no podrán aplicar el criterio de caja cuando el total de cobros en efectivo respecto de un mismo cliente se superior a 100.000€ anuales.

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El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas publica las nuevas Normas Técnicas de Auditoría (NIA-ES)

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas publica las nuevas Normas Técnicas de Auditoría (NIA-ES)

Las Normas Técnicas de Auditoría son el resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España. Sustituyen a las Normas Técnicas de Auditoría vigentes, excepto en aquellos aspectos que no se regulen en la nueva normativa. Deberán aplicarse en las auditorías de los ejercicios económicos que inicien a partir del 1 de enero de 2014 y en los trabajos de auditoría de cuentas contratados a partir del 1 de enero del 2015, independientemente del ejercicio económico al que se refiera.

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50 auditorías de 2012 tienen dudas del auditor sobre la continuidad del negocio

50 auditorías de 2012 tienen dudas del auditor sobre la continuidad del negocio

Según la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha disminuido el número de informes con limitaciones al alcance y han aumentado las salvedades por excepciones. 170 auditorías contenían párrafos de énfasis, y de estas, 110 presentan alguna incertidumbre. Ha habido una entidad con opinión denegada. Informes de 50 sociedades contenían párrafos de énfasis donde el auditor muestra dudas sobre la continuidad del negocio, cifra que aumenta respecto a los resultados del 2011 (35). La CNMV remitió requerimientos a las entidades para la ampliación de los desgloses de la información, información adicional sobre los criterios contables que se han aplicado y salvedades.

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Todas las empresas del IBEX recibieron informes de auditoría favorables

Todas las empresas del IBEX recibieron informes de auditoría favorables

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha informado de que todas las empresas del Ibex han recibido informes de auditoría correspondientes al ejercicio 2012 favorables. 234 informes de auditoría corresponden a emisores de valores, lo que supone una caída del 1,7% con respecto al año anterior. La explicación se haya en el proceso de integración del sector financiero, por el cual algunas de las sociedades dejan de estar obligadas a entregar información regulada a la CNMV.

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